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Preguntas
Frecuentes

¿QUÉ ES EL SEGURO DECENAL?

El seguro Decenal es el seguro que garantiza al promotor de una edificación los daños materiales causados por defectos o vicios de la construcción que afecten a la resistencia mecánica o estabilidad del edificio (cimentación, soportes, vigas, forjados, etc) durante los primeros 10 años tras la finalización de la construcción.

¿CUÁNDO ES OBLIGATORIO CONTRATAR EL SEGURO DECENAL?
Edificaciones de viviendas en los siguientes casos:
 
1.- Edificios de viviendas o promociones destinadas a la venta. Necesario para inscribir en el Registro.
 
2.- Autoconstrucción con financiación o préstamo hipotecario. A petición de entidad financiera.
 
3.- Autoconstrucción con venta o transmisión en los 10 primeros años. Necesario para inscribir en el Registro.
¿CUÁL ES LA FINALIDAD DE LA OBLIGATORIEDAD DE LA CONTRATACIÓN DEL SEGURO DECENAL?

La obligatoriedad de la contratación del Seguro Decenal aparece recogido en la Ley de Ordenación de la Edificación. Su exigencia tiene como objetivo asegurar la protección de los usuarios de los edificios de viviendas. La constitución del contrato del seguro decenal es obligación del promotor y debe constituirse antes de la inscripción de lo obra nueva.

MOTIVOS PARA CONTRATAR EL SEGURO DECENAL, AÚN NO SIENDO OBLIGATORIO
El único supuesto en el cual no es necesaria la contratación del Seguro Decenal es la autopromoción o autoconstrucción de vivienda para uso propio sin financiación. Aún en este caso, es muy recomendable suscribir una póliza de Seguro Decenal según lo siguiente:
 

Motivo 1 

La construcción de la vivienda a menudo supone el mayor esfuerzo económico para una persona de clase media. Supone la inversión de gran parte de los ingresos de toda la vida. Es muy recomendable tener asegurada esa inversión tan importante.
 

Motivo 2

La prima del Seguro Decenal es muy económica, con tasas muy bajas. El importe medio puede ser equivalente al coste medio de un seguro de automóvil a terceros. En proporción el valor asegurado puede ser del orden de 10 – 15 veces mayor.
 

Motivo 3

Si bien los siniestros de cobertura Decenal tienen una baja incidencia, cuando estos ocurren implican un coste muy elevado. Su reparación puede suponer fácilmente más del 50% del valor del total de la construcción.
 

Motivo 4

Tanto el constructor como el Arquitecto del proyecto deben garantizar sus trabajos, sin embargo, pasados los años el constructor y/o arquitecto pueden estar inactivos, sin sus respectivos seguros de responsabilidad civil en vigor o simplemente pueden declinar su responsabilidad en una primera instancia. Todo ello puede suponer un largo, tedioso, costoso y posiblemente infructuoso proceso de pleiteo previo. La contratación del Seguro Decenal soluciona de primera mano este riesgo.
¿POR QUÉ SE ESTBLACEN 10 AÑOS?

Según las estadísticas y estudio realizados al respecto, se puede comprobar que los defectos o vicios de construcción se manifiestan en una gran parte en los primeros 10 años de vida de la edificación. Transcurrido este periodo y hasta el final de su vida útil (estimada en 50 años para una construcción media) las patologías o problemas que presentan los edificios vienen derivados de su uso y conservación y ya no tanto de su construcción.

¿PUEDO CONTRATAR OTRAS COBERTURAS?
Si. La cobertura principal a asegurar es la cobertura decenal de estabilidad del edificio por ser la de mayor riesgo, en cualquier caso, es posible asegurar otras coberturas:
 

– Acabados

– Funcionamiento de instalaciones

– Impermeabilización de cubierta

– Impermeabilización de fachada

 
Estas dos últimas son también de contratación frecuente y junto con la cobertura decenal, son las que presentan una mayor incidencia.
¿QUÉ ES UN OCT (ORGANISMO CONTROL TÉCNICO)?

Un Organismo de Control Técnico es una entidad capacitada para prestar asistencia técnica en la verificación de la calidad del proyecto, de los materiales y de la ejecución de la obra, de acuerdo con el proyecto y normativa vigente. Su principal función es informar técnicamente a la compañía de seguros de la situación del riesgo a asegurar para que la compañía pueda decidir y valorar su aseguramiento.

DIFERENCIA ENTRE ARQUITECTO Y OCT

El arquitecto proyectista o arquitecto director de obra, es el consultor técnico del promotor y contratado por este para proyectar y dirigir la construcción. El OCT es la entidad de control o auditor independiente, también contratado por el promotor para dar fe de la correcta ejecución de la construcción, incluida la supervisión del buen hacer del arquitecto proyectista y/o arquitecto director de la obra. Ambos, Arquitecto y OCT pueden llegar a realizar actividad aparentemente similares como la supervisión de la correcta ejecución de la obra, sin embargo lo realizan desde roles totalmente diferentes.

¿ES NECESARIO CONTRATAR UN OCT?

El Seguro Decenal es un seguro con una gran carga técnica. Se aseguran edificaciones por naturaleza todas ellas diferentes, por lo que es necesaria una importante evaluación técnica de los riesgos. A diferencia, por ejemplo, de los seguros de automóvil que se fabrican en serie y de los que se dispone de una gran cantidad de información de siniestrabilidad, en estos casos, la valoración técnica de los riesgos es sistemática. El OCT es en definitiva un tasador del riesgo, del mismo modo que se realiza una tasación inmobiliaria para la concesión de una hipoteca. Para la concesión o contratación del Seguro Decenal será necesaria siempre una evaluación técnica del riesgo. Esta actividad bien la puede realizar un OCT independiente contratado por el promotor o bien la puede realizar un gabinete técnico de propia de la compañía de seguros, bien sea interno o externo.

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